Ojo a las Sin Fines del Gobierno: Parte IV

A lo largo de esta serie hemos hecho un recorrido de las acciones tomadas por el gobierno de Puerto Rico bajo esta la modalidad de “sin fines” que se nutre de fondos públicos.  Ciertamente los tiempos cambian, la modernidad trae nuevas maneras de gobernar y hacer negocios, y tenemos que innovar, pero, ¿por qué a espaldas del pueblo si es patrimonio nuestro? ¿Dónde queda la transparencia? Estas entidades tienen el deber de informarle a TODOS sobre su gestión. Ni hablar del DMO que ha publicado información obligados por una sentencia del tribunal.

¿Cansado de leer? ¡Al final de la Serie te compartiremos la versión podcast, disponible en tu plataforma preferida!

Cuando se redactó la exposición de motivos de la ley habilitadora de Invest Puerto Rico se comparó con modelos exitosos como por ejemplo Enterprise Florida.  Le exhortamos a que acceda su página en el siguiente enlace y verifiquen la sección de transparencia https://www.enterpriseflorida.com/about-efi/transparency/, allí encontrará los contratos, sus contribuciones, estados financieros, informes de desempeño etc.  El contraste con la página cibernética de Invest PR es evidente.

Utilizamos los hallazgos de nuestro análisis, para exigir las siguientes prácticas en este, y todo tipo de organización que ejerce funciones y/o utiliza fondos públicos (referente a los mismos):

  1. Publicación proactiva de datos abiertos: presupuesto y gastos, contratos y procesos de contratación (método de licitación, evaluación y adjudicación, evaluación de desempeño, pagos, auditorias, etc.), resoluciones de la Junta de Directores, calendario de reuniones de Junta, estados financieros, planes estratégicos, políticas y controles internos, métricas de monitoreo y evaluación de gestión, cumplimiento y desempeño, etc.
  2. Si un ciudadano solicita información pública se le debe proveer la misma a la brevedad posible.
  3. Evitar duplicidad de roles entre entidades, y establecer responsabilidades claras entre las mismas.
  4. Crear espacios de inclusión ciudadana, como monitor y colaborador de esfuerzos.
  5. Establecer sistemas de reclutamiento y crecimiento profesional basados en mérito y con sueldos adecuados al contexto y al desempeño del empleado.
  6. Atender las deficiencias de los organismos públicos, antes de seguir creando nuevos organismos, porque de poco vale crear OTRO Frankenstein con el mismo problema de raíz, pero con mayor versatilidad para hacer y deshacer.
  7. Las entidades gubernamentales habilitadas por ley para fiscalizar a estas nuevas organizaciones deben también publicar informes de auditoría, de desempeño, estados financieros, entre otros dado que son financiadas con FONDOS PÚBLICOS.
Esta serie es para recordarles el valor de nuestras entidades públicas; joyas o “joyitas”, deben permanecer preservadas y bajo nuestro escrutinio en nuestro ¨cofre patrimonial.¨
Referencias:

  • “Ley para la Promoción de Puerto Rico como Destino.” Ley Núm. 17 de 30 de marzo de 2017. Enlace.
  • “Ley para adoptar el concepto “Enterprise Puerto Rico”. Ley Núm. 13 del año 2017. Enlace
  • ProChile. Enlance
  • JobsOhio. Enlace
  • EnterpriseFlorida. Enlace
  • VisitBarbados. Enlace
  • ChooseChicago. Enlace
  • New Orleans 24/5. Enlace

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